Aplicable a la persona extranjera que tenga la autorización de una visa mexicana de visitante para realizar trámites de adopción, de residencia temporal, residencia temporal estudiante, o de residencia permanente.
Pasaporte del extranjero
Visa válida expedida por las Oficinas Consulares de México
Forma Migratoria Múltiple (FMM) vigente
Por recepción, estudio y, en su caso, expedición de documento migratorio, hay que pagar a la autoridad migratoria de conformidad con lo siguiente:
Visitante con fines de adopción: $3,881.00 MXN
Residente temporal por un año: $5,328.00 MXN
Residente permanente: $6,495.00 MXN
Aplicable a la persona extranjera que ya es residentes en México y que es titular de un documento migratorio de residente temporal, residente temporal estudiante y residente permanente.
Tarjeta de residente temporal, residente temporal estudiante o residente permanente.
Documento que acredite que los motivos por los cuales obtuvo la residencia continúan a la fecha de la renovación (oferta de empleo, vínculo familiar, estudios, etc., según sea el caso).
Es necesario pagar a la autoridad migratoria de conformidad con lo siguiente:
Residencia Temporal por un año: $5,328.00 MXN
Residencia Temporal por dos años: $7,984.00 MXN
Residencia Temporal por tres años: $10,112.00 MXN
Residencia Permanente: $6,495.00 MXN